¿Que es la VULNERABILIDAD SOCIAL Y ECONÓMICA en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes?
Escuchamos; leemos y vemos hablar en repetidas ocasiones de vulnerabilidad económica en el desarrollo del derecho constitucional a la vivienda. Sin embargo en el parlamento la vivienda es tratada como un objeto mueble de consumo; como una botella de champú ¡vamos!
La norma que describe estos dos conceptos jurídicos determinados aún esta vigente y entró en vigor a finales del arisco año 2020. Se publicó; eso sí, en el boletín oficial del estado un día tradicionalmente jubiloso a la par que festivo. El día de la lotería de Navidad; aunque ese año estaba prohibido todo.
A- Algunos ejemplos emblemáticos
Como primer ejemplo; analizaremos como actúa la Habitabilidad Adecuada en los polígonos residenciales de promoción pública. La reciente ¿derogación? de un decreto sobre medidas sociales en el ámbito del estado del bienestar requiere analizar cada caso siguiendo rigurosamente los criterios de la Ley de Naciones Unidas consensuada en 2010.
La Ley de Casas Baratas de 1911 es el primer escalón que recorre el derecho habitacional español para que en el Código Civil se arraigue el concepto de morada como necesidad inalienable de la familia o unidad de convivencia.
Actualmente el debate sobre políticas de vivienda en España discurre hacía la necesaria creación de una empresa pública de vivienda. Hay dos documentos técnicos recientemente publicados; que ofrecen una solución a los 150 municipios que reclaman una modificación del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
Estos dos documentos son:
- Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, aprobado por el Real Decreto Legislativo 7/2015 de 30 de octubre
- Declaración de Asturias de 12 de enero del 2025 en materia de vivienda tomando criterios elaborados por el tribunal constitucional
Se puede certificar que desde el 12 de marzo del 2020 hubo un punto de inflexión que permitió al poder judicial pasar del concepto jurídico de derecho fundamental a la morada a derecho constitucional a la vivienda.
Los fondos financieros de inversión ya habían conseguido en 2013 todo el parque inmueble que necesitaban. Las dos propuestas; aparente y perceptivamente divergentes tratan de impulsar una Economía Social Mercantil tal y como planteó en origen la CECA (Comunidad Económica del Carbón y el Acero) en su primera constitución.
Para proponer soluciones al problema de la vivienda partiremos del análisis más sencillo posible. El enunciado del problema es casas sin gente.
PROBLEMA
Casas sin gente
COMPONENTES DEL PROBLEMA
Reforma de la ley de arrendamientos urbanos de 1964
Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos
Ley 6/1998 de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones urbanas
Censo de Población y Viviendas 2001
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación
Orden VIC/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación de Población y Viviendas 2011
Censo de Población y Viviendas 2021
Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Código Técnico de la Edificación, aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo, y la Orden VIV/1744/2008, de 9 de junio, por la que se regula el Registro General del Código Técnico de la Edificación
Encuesta Continua de Hogares 2021

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